2.2.06

el formalismo rosista (fragmento de la obra de Eduardo Saguier)

"El federalismo dictatorial, de la contraola rosista se caracterizó por una centralización del poder con cabecera en Buenos Aires y por un alto grado de mitificación de las estructuras formales republicanas. El jurista e historiador Dalmacio Vélez Sársfield, llegó a manifestar que
"...durante la sangrienta tiranía de Rosas, existían en la República las formas de los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, ¿y quién se atreverá, señor Presidente, a decir que aquello era una República?".
El Diputado Nacional por Tucumán Delfín Gallo, recordaba que
"...cuando la tiranía de Rosas bañaba en sangre a los pueblos argentinos, la República Argentina se llamaba también República; las formas republicanas se llenaban; el Poder Ejecutivo se transmitía en períodos determinados, a pesar de que siempre era la persona de Rosas la nombrada, los cabildos hacían sonar sus campanas a fin de convocar al pueblo para que nombrara sus legisladores; existían también jueces".
Y el Senador sanjuanino Rafael Igarzábal, refiriéndose a las provincias que constituyeron la Confederación Argentina, sostenía que luego de la batalla de Caseros (1852), al dictarse la Constitución, "...salíamos de las verdaderas catorce monarquías electivas que tuvimos en la época de la tiranía" ."

EDUARDO SAGUIER.
www.er-saguier.org

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